Políticas de privacidad Fill N Go

Entre Inmuebles Residenciales Colquide IRC Sociedad Anónima, nombre comercial “Estación de Servicio Fill-n-Go”, en adelante “La Empresa”, y el Usuario:

 

POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS (en adelante la “Política”)

La Empresa le informa que de acuerdo a la Ley de Protección de la Persona frente a la utilización de sus datos personales No 8968 (en adelante, la “LPD”) y su Reglamento, de la existencia de una Base de Datos de Carácter Personal creada por la Responsable, y denominada “Base de Datos de La Empresa”

 

FINALIDAD DE LA RECOPILACIÓN DE LOS DATOS

Los datos que el Usuario Registrado proporciona a La empresa se recopilan con fines informativos, de contacto, investigación y prospección comercial y a la vez, sirve para establecer un programa de lealtad, para que los clientes puedan acumular puntos por cada visita que realicen a los locales de La Empresa. Puntos se podrán canjear por medio de la aplicación y estando físicamente en la sucursal. Debe ser personalmente.

Esta información será tratada con la reserva, confidencialidad y seguridad que estipula la legislación vigente en la materia.

 

DEFINICIONES

App: App de La Empresa.

Usuario: Usted con la simple descarga y uso del App.

Usuario Registrado: Usted una vez cumplimentado cualquiera de los formularios de registro del App.

Base de Datos: Conjunto de datos de carácter personal de los Usuario Registrados debidamente organizado y utilizado para las finalidades que La Empresa le informe en esta “Política de Privacidad y Protección de Datos”

 

ACEPTACIÓN DE ESTA POLÍTICA

El Usuario aprueba esta Política al marcar la casilla en el App que dice: “He leído y acepto la política de privacidad y protección de datos”, que se encuentra en los formularios de compilación de datos lo cual es un requisito indispensable para poder terminar el proceso y convertirse en Usuario Registrado. Por ello, se recomienda al Usuario leer esta Política minuciosamente de previo a marcar la casilla antes mencionada.

 

DE LA IDENTIDAD DEL USUARIO REGISTRADO, VERACIDAD Y EXACTITUD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA

El Usuario Registrado manifiesta que es quien dice ser y que conoce las consecuencias legales de actuar haciéndose pasar por otra persona, así como que la información que introduce en el App de La Empresa es exacta, y que asume el deber de cumplir con las actualizaciones necesarias de información para mantenerla clara y exacta en todo momento. En caso de faltar con esa obligación de actualización, el Usuario Registrado exime a La Empresa de toda consecuencia legal en cuanto a estos elementos de autenticidad y precisión correspondientes al principio de calidad de la información establecido en la legislación nacional.

Por otra parte, si La Empresa llegara a establecer que El Usuario ha introducido información de manera contraria a lo señalado en el párrafo anterior, procederá de inmediato a concluir cualesquiera derechos que usted haya obtenido en cuanto al App y dar por finalizada la relación con usted en el momento. Todo lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de entablar aquellas acciones legales que sean necesarias para proteger los derechos de La Empresa o cualesquiera terceros que hayan sufrido un daño como consecuencia de la infracción que usted ha realizado.

 

DE LA RECOPILACIÓN DE OTRA INFORMACIÓN EN EL APP

Aparte de la información que usted nos facilita en el registro como Usuario Registrado, La Empresa podrá ampliar con otro tipo de información por medio de encuestas, entrevistas o cuestionarios que se envíen al Usuario Registrado, además se le advierte que La Empresa utiliza sistemas automatizados de análisis de tráfico del Usuario Registrado que recopilan información sobre su experiencia en la utilización de nuestra App. Esto último se hace con el objetivo de prestar un servicio seguro al Usuario Registrado; sin perjuicio de lo anterior, se le garantiza al Usuario Registrado que la información que se selecciona según lo establecido en el presente párrafo es absolutamente privada y para la utilización de La Empresa, nunca se otorgará acceso o se transferirá la misma a terceros.

La Empresa no solicita información de tipo financiera o identificada como “sensible” por la regulación de protección de datos de los Usuarios Registrados del App, por tanto, si usted recibe una comunicación requiriendo este tipo de información, se le suplica que se comunique inmediatamente con La Empresa a la dirección operaciones@fill-n-go.com y no responda al remitente de dichos mensajes.

 

DE LA CALIDAD DE LOS DATOS Y REVOCACIÓN DEL CONSENTIMIENTO

Los datos obtenidos son los apropiados oportunos y no excesivos en relación con el ámbito, las finalidades y servicios prestados por La Empresa y su relación con el Usuario Registrado, habiendo datos que son marcados con un asterisco -“*”- como obligatorios y otros que no lo son. No obstante, en el caso que se haya dado su consentimiento para que se proceda a tratar sus datos, dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento, enviando una comunicación a la dirección de correo de contacto de La Empresa.

 

CONSECUENCIAS DE LA NEGATIVA DE SUMINISTRAR DATOS

La implicación de no facilitar los datos o de negar el consentimiento en cualquier tiempo para su tratamiento, será el impedimento para La Empresa de prestar los diferentes servicios ofrecidos a usted como Usuario Registrado de el App, incluso, no habilitarle la cuenta de Usuario Registrado para tener acceso al mismo.

 

DE LOS DERECHOS DE LA EMPRESA SOBRE SALDOS, NIVELES Y CUPONES DE USUARIOS REGISTRADOS

La Empresa tiene derecho a modificar, regular o eliminar saldos, niveles y cupones activos que los Usuarios Registrados tengan es su cuenta. Además, La Empresa podrá modificar reglamentos, porcentajes de acumulación de puntos, bonos, cupones, saldos y otras variables que incluya el Programa de Lealtad sin previo aviso. En caso de que el programa sea clausurado o eliminado por La Empresa, esta no estará en la obligación de reembolsar ningún monto o saldo a los Usuarios Registrados.

 

DE LOS DESTINATARIOS DE LA INFORMACIÓN

En principio, los Datos de los Usuario Registrados no serán cedidos, comunicados ni transferidos a otros terceros, en caso de una situación especial en el que se debiera otorgar algún dato personal a un tercero, primero le será notificado al Usuario Registrado y se podrá facilitar previo consentimiento de éste -Usuario registrado-.

 

DE LA MAYORÍA DE EDAD DEL USUARIO REGISTRADO

La utilización del App está pensada para mayores de 18 años, sin embargo, también podrán hacer utilización del App menores de edad, entendiéndose que lo hacen bajo la supervisión y responsabilidad de sus padres o tutores. Para lo cual los padres o tutores del menor, deberán suministrar la autorización por escrito a la Empresa, para que el menor suministre sus datos personales. Asimismo, queda prohibido a los menores de edad, aunque cuenten con el consentimiento de sus padres, incluir cualquier tipo de información que: (i) esté considerada como datos sensibles por la LPD, ó (ii) datos de carácter personal de sus

padres o tutores y que no sean meramente datos de contacto para verificar la autorización mencionada en el párrafo anterior. En este caso se inhabilitará de inmediato y sin responsabilidad la cuenta del menor.

 

DE LOS DERECHOS QUE LE ASISTEN

El Usuario Registrado podrá realizar los derechos de acceso, rectificación, revocación o eliminación al tratamiento de sus datos personales dirigiendo una comunicación por escrito a La Empresa a la dirección de correo electrónico de contacto operaciones@fill-n-go.com.

 

RESPECTO DE LAS COMUNICACIONES CON LOS USUARIO REGISTRADOS

La administración de los datos personales y el envío de comunicaciones por medios electrónicos se ajustan a la normativa establecida en la LPD y su Reglamento.

En el momento de gestionar su cuenta de Usuario Registrado, usted autoriza a La Empresa a enviarle comunicaciones en nombre de La Empresa o en el de terceros. Se le informa que en todas las comunicaciones electrónicas expedidas por La Empresa se hará constar formalmente el nombre del remitente, así como la manera en que podrá oponerse a seguir recibiendo comunicaciones. También solicitándolo al correo operaciones@fill-n-go.com

Sin perjuicio de lo anterior, los Usuarios Registrados que lo soliciten pueden prescindir de este servicio de forma simple y gratuita, dirigiendo una comunicación la dirección de correo electrónico de contacto operaciones@fill-n-go.com “dándose de baja”.

 

DE LOS NIVELES DE SEGURIDAD

Los datos de carácter personal de nuestros Usuarios Registrados son reunidos y almacenados en la base de datos propiedad de La Empresa, que garantiza las medidas apropiadas de índole técnica y estructural para garantizar la integridad y seguridad de la información personal proporcionada de acuerdo con el estado actual de la técnica.

La Empresa mantiene los niveles de seguridad de protección de sus datos de acuerdo con la LPD y su Reglamento, respecto de todo lo relacionado con las medidas de seguridad de las bases de datos que contengan datos de carácter personal y se han establecido todos los medios técnicos a los cuales tenga acceso para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos que usted facilite a La Empresa, sin perjuicio de informarle de que las medidas de seguridad en Internet nunca pueden ser consideradas totalmente seguras, no implicando consecuencias legales a La Empresa en caso de extravío o pérdida de datos.

 

LEY APLICABLE

Esta Política de Privacidad y Protección de Datos se rige por la ley costarricense. Las partes se supeditan al sistema administrativo, los juzgados y tribunales de Costa Rica.

Todas las acciones de La Empresa o Usuarios Registrados se considerarán hechas en territorio costarricense para cualquier efecto legal.

Esta Política de Privacidad y Protección de Datos se rige e interpretará conforme a la legislación costarricense en aquello que no esté expresamente establecido.

 

REGLAMENTO DE LA PROMOCION “FULLEÁ Y GANÁ”

El presente Reglamento establece los requisitos, reglas, y condiciones para participar en la promoción denominada “FULLEÁ Y GANÁ”, organizada por Inmuebles Residenciales Colquide IRC Sociedad Anónima, nombre comercial “Estación de Servicio Fill-n-Go”, en adelante “la Organizadora”. El contenido del presente Reglamento es de acatamiento obligatorio para los Clientes y Participantes. Los Participantes con el solo hecho de participar en la promoción aceptan y se obligan a cumplir, de forma incondicional, las reglas del presente Reglamento, y someterse a las decisiones de la Organizadora, las cuales tendrán carácter definitivo en todos los temas relacionados con la promoción.

La Organizadora es la titular y propietaria exclusiva de la presente promoción.

El presente Reglamento puede consultarse en la página web: www.fill-n-go.com

La entrega del Premio objeto de la promoción se encuentra condicionado al cumplimiento de todas las leyes, reglamentos, normas aplicables, y a lo estipulado en el presente Reglamento.

La Organizadora se reserva el derecho de descalificar a los Participantes que directa o indirectamente incumplan con el ordenamiento jurídico y/o el Reglamento de la promoción.

Definiciones:

Acción: Documento impreso dividido en dos segmentos desprendibles, con la misma numeración en ambos cuerpos, elaborados exclusivamente por la Organizadora para esta promoción, que contiene características especiales de seguridad definidas por la Organizadora. El segmento de mayor tamaño se denominará “Tiquete”, y será el documento indispensable que los Participantes deben conservar y presentar para reclamar el Premio en caso de resultar Favorecido. El segmento de menor tamaño se denominará “Colilla”, y será el único segmento de la Acción que se deposita en algún Buzón de la promoción.

Almacén de Custodia de Colillas: Almacén, cuarto, habitación o bodega donde la Organizadora custodia bajo llave y con acceso restringido las Colillas que se retiren de cada Buzón una vez que estos se llenen. Las Colillas se trasladarán a una bolsa plástica que será guardada en dicho Almacén hasta el día del sorteo de la promoción.

Buzón: Contenedor ubicado en la Estación de Servicio Fill-n-Go para que los Clientes depositen las Colillas para participar en la promoción. Se trata de un contenedor fijo donde los Clientes pueden depositar sus Colillas así como mini buzones ubicados en cada una de las islas de expendio de combustible donde también el Cliente podrá depositar sus Colillas sin que tenga que bajarse de su vehículo.

Cliente: Toda persona que posea Acciones de la promoción.

Compra: Adquisición de combustible desde que el contador de la máquina dispensadora de combustible se encuentra en cero, hasta el monto que desee el Cliente, sin que se reinicie el contador de la citada máquina.

Días hábiles: Se consideran días hábiles los días lunes, martes, miércoles, jueves, y viernes. Feriados y fines de semana no se consideran hábiles.

Días naturales: Se consideran días naturales todos los días de la semana incluyendo fines de semana y feriados.

Favorecido (a): Participante de la promoción y poseedor del Tiquete de la Acción cuya numeración coincide con el de la Colilla Favorecida en el sorteo.

Ganador (a): La persona Favorecida que se presente a reclamar el Premio, y entregue el Tiquete de la Acción cuya numeración coincide con el número de la Colilla Favorecida en el sorteo, y que cumpla con todos y cada uno de los requisitos y obligaciones establecidas por el presente Reglamento.

Organizadora: Inmuebles Residenciales Colquide IRC S.A. cédula de persona jurídica número 3-101-312080, nombre comercial “Estación de Servicio Fill-n-Go”, ubicada en Escazú, 300 metros Oeste de Laboratorios Raven, La Estación de Servicio Fill-n-Go es la única estación de servicio participante en la promoción.

Participante: Toda persona que deposite la Colilla de la Acción, entregada por la Organizadora al momento de la compra, en el Buzón de la promoción ubicado en las instalaciones de la Estación de Servicio Fill-n-Go, y cumpla con todas las reglas del Reglamento de la promoción.

Premio: Beneficio final que recibe la Persona Ganadora de la promoción.

Primer Premio. El Premio consiste en un (1) vehículo automotor escogido por el ganador entre las siguientes opciones:

1- vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo TIGUAN 1.4 TSI 4X2 TL+ DSG6,

año 2020. u 2.- vehículo Marca VOLKSWAGEN, modelo AMAROK COMFORTLINE D/C TDI 4X4, año 2020. Las características de ambos vehículos serán elegidas a discreción de la Organizadora.

Proveedor: La empresa Grupo NACIONAL AUTOMOTRIZ S.A., representante de la marca VOLKSWAGEN en Costa Rica, será quién proveerá los vehículos al Ganador. Ellos se encargarán de tramitar los procesos de importación, nacionalización, inscripción, y cualquiera otro necesario para que los vehículos puedan entregarse al Ganador de la promoción listos para circular. Asimismo, se encargará de brindar la garantía a los vehículos según sus políticas y condiciones. La organizadora no asume ninguna responsabilidad por dichos bienes más allá de que los mismos sean entregados a el o los ganadores, siendo responsabilidad del proveedor indicado garantizar la calidad de los mismos.

Reglamento: Se refiere a este documento.

Sitio Web: Se refiere al sitio web y/o dirección www.fill-n-go.com

Periodo de Vigencia de la Promoción:

La vigencia de la promoción es por tiempo limitado. Inicia el 15 de marzo del 2020 y finaliza el 14 de diciembre del 2020, salvo que ocurra la situación descrita en el punto 2.4.

La Organizadora entregará Acciones para participar en la promoción desde las 18:00 horas del 15 de marzo del 2020 hasta las 23:59 horas del 14 de diciembre del 2020, salvo que ocurra la situación descrita en el punto 2.4.

Los Buzones para el depósito de las Colillas estarán disponibles en la Estación de Servicio Fill-n-Go desde las 18:00 horas del 15 de marzo del 2020 hasta las 23:59 horas del 14 de diciembre del 2020, salvo que ocurra la situación descrita en el punto 2.4.

La Organizadora se reserva el derecho de suspender temporalmente la vigencia de la promoción ante situaciones de caso fortuito o fuerza mayor u otras que no permitan que la Estación de Servicio Fill-n-Go opere de forma continua. Ante dichas situaciones, la vigencia de la promoción se ampliará en el mismo número de días en que la Estación de Servicio permanezca cerrada y/o sin posibilidad de dispensar combustibles, ya que la duración de la promoción está directamente ligada a 273 (doscientos setenta y tres) días naturales de operación continua de la Estación de Servicio Fill-n-Go contados a partir de la fecha de inicio de la promoción. La suspensión temporal de la promoción, su reactivación, y las nuevas fechas de vigencia de la promoción y del sorteo, se comunicarán mediante publicación en el Sitio Web.

Participantes:

Los Participantes deben ser personas mayores de 18 años, residentes legales en Costa Rica, que cuenten con un documento de identificación válido y vigente reconocido por el Gobierno de Costa Rica. Es prohibida la participación de menores de edad.

Participan de la promoción, única y exclusivamente, las personas que depositen las Colillas en los Buzones de la promoción durante la vigencia de la promoción. Las personas deben cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de la promoción para obtener las Acciones.

Todos los empleados de la Organizadora y sus familiares en primer grado de consanguineidad o afinidad no pueden participar en la promoción. Tampoco podrán participar en la promoción el personal de empresas proveedoras de la Organizadora que, en virtud de su cargo, conozcan o tuvieran algún tipo de injerencia en el desarrollo, logísticas y/o ejecución de la presente promoción.

Sobre las Acciones para Participar:

La Organizadora contrató los servicios de impresión de las Acciones a una empresa reconocida en la industria de impresiones de seguridad que incorporó en ellas materiales, tintas especiales, y medidas de seguridad que garantizan la fácil identificación de alteraciones o cualquier tipo de fraude, por lo que se ejecutará un procedimiento de validación de la autenticidad de la Colilla Favorecida y el Tiquete de la Acción que presente el Favorecido para reclamar el Premio.

Las Acciones cuentan con perforaciones que permiten separar la Colilla del Tiquete. Así mismo, cuenta con perforaciones entre la Acción y la base grapada del bloque, para permitir una fácil separación, y garantizar la integridad de las partes ya separadas, razón por la cual se excluirán como posibles Favorecidas o Ganadoras las Colillas o los Tiquetes para el reclamo del Premio, que presenten rupturas, deformaciones o alteraciones, según el criterio de la Organizadora y/o el personal de la empresa que imprimió las Acciones.

A pesar de que las Acciones (Tiquetes y Colillas) son elaboradas con los mejores materiales, la Organizadora no garantiza su buen estado si se someten al contacto con cualquier tipo de líquidos, gases o sólidos, durante el tiempo en el que los Clientes las conserven. Se recomienda tener los cuidados mínimos aplicables a documentos importantes. Es obligatorio que el Tiquete cuya numeración coincide con el de la Colilla Favorecida no presente ningún tipo de alteración y/o deterioro en el momento en que el Favorecido reclame el premio.

La Organizadora garantiza que entrega las Acciones en perfecto estado a sus Clientes. Los Clientes, por el hecho de aceptar la Acción, aceptan que la reciben en un estado óptimo, y que cualquier alteración y/o deterioro de las Acciones es única y exclusivamente su responsabilidad.

Sobre los Buzones y Almacenamiento de las Colillas:

Durante todo el período de vigencia de la promoción existirá un Buzón fijo para que los Clientes depositen las Colillas de sus Acciones.

Aunque la colocación del Buzón fijo lo define la Organizadora, ésta se compromete a ubicarlo en un lugar de libre acceso para los clientes, dentro de las instalaciones de la Estación de Servicio Fill-n-Go, y estará disponible las 24 horas del día durante la vigencia de la Promoción.

La Organizadora no se hace responsable por accidentes de ningún tipo que sufran sus Clientes durante el proceso de traslado de la Colilla hasta el Buzón, por lo que el Cliente lo hace bajo su propio riesgo y responsabilidad, considerando especialmente el cuidado que se debe tener por estar en una zona con alto flujo vehicular, y liberan de cualquier tipo de responsabilidad a la Organizadora.

La Organizadora pondrá también a disposición de los Clientes mini buzones en cada una de las islas de expendio de combustible. Esta es una facilidad opcional con la finalidad de que los Clientes, que así lo deseen, no se bajen de su vehículo para depositar personalmente la Colilla en el Buzón fijo.

El Buzón fijo y los mini buzones estarán identificados con gráficos alusivos a la promoción.

Los mini buzones serán manipulados solamente por personal de la Organizadora. Sin embargo, el uso de los mini buzones es opcional y a solicitud del Cliente, quien se hace responsable por cualquier situación que ocurra en el momento de utilizarlos que impida que su(s) Colilla(s) participe(n) en la promoción.

Con el fin de resguardar apropiadamente las Colillas depositadas en los Buzones y mini buzones, el personal administrativo de la Organizadora las trasladará al Almacén de Custodia de Colillas donde éstas serán resguardadas bajo llave en bolsas plásticas hasta el día del sorteo.

Objeto y Forma de Participar:

Objeto: El objeto de la promoción consiste en el sorteo, entre todos los Participantes de la promoción, de un Primer Premio que consiste en un (1) vehículo totalmente nuevo, de agencia, 0 kilómetros, el cual será escogido entre: 1- vehículo marca VOLKSWAGEN, modelo TIGUAN 1.4 TSI 4X2 TL+ DSG6, año 2020. u vehículo Marca VOLKSWAGEN, modelo AMAROK COMFORTLINE D/C TDI 4X4, año 2020

Forma de participar: Para participar en la promoción los Clientes deben obtener Acciones para el sorteo del premio. La Organizadora entregará Acciones optando por el primer premio a las personas que realicen una compra mínima de ¢10.000 colones (diez mil colones) en cualquiera de los siguientes combustibles dispensados por la Estación de Servicio Fill-n-Go:

Gasolina Regular o Plus

Gasolina Súper

Diesel

El Cliente tendrá derecho a 1 (una) Acción por cada ¢10.000 (diez mil colones) de compra.

Los montos de consumo deben ser exactos, sin redondeos. No se entregarán Acciones por fracciones bajo ninguna circunstancia.

No se permite sumar dos compras diferentes para acceder a más Acciones. Cada compra se considerará independiente de la otra y no podrán sumarse sus montos.

Las Acciones se entregarán según el monto por tipo de combustible. En caso de que se adquieran dos o más tipos de combustible en la misma visita, cada tipo de combustible implica una compra independiente.

No hay un número máximo de Tiquetes que un solo Cliente puede acumular durante el período de vigencia de la promoción siempre y cuando se cumpla con las reglas, condiciones, y requisitos, establecidos en este Reglamento.

Para participar en la promoción es indispensable que el Cliente deposite las Colillas de las Acciones en el Buzón o cualquiera de los mini buzones ubicados en la Estación de Servicio Fill-n-Go.

Una vez que el Cliente deposite la Colilla de la Acción en el Buzón o mini buzón, quedará participando en el sorteo del Premio y se le considerará Participante.

El depósito de cada Colilla de la Acción en el Buzón o mini buzón es responsabilidad exclusiva del Cliente.

El Buzón para el depósito de las Colillas estará disponible en la Estación de Servicio Fill-n-Go desde las 18:00 horas del 15 de marzo del 2020 hasta las 23:59 horas del 14 de diciembre de 2020, salvo que ocurra la situación descrita en el punto 2.4.

Mecánica del Sorteo:

El Sorteo se realizará a las 14:00 horas del martes 15 de diciembre del 2020 en las instalaciones de la Estación de Servicio Fill-n-Go, en presencia tanto de un Notario Público del Bufete CCA Abogados como de un perito de la empresa Proveedora de las Acciones. La Organizadora se reserva el derecho de modificar la hora y/o fecha del sorteo de acuerdo con lo señalado en el punto 2.4.

La selección de la Colilla Favorecida se realizará de entre todas las que se hubieren depositado tanto en el Buzón como en los mini buzones durante la vigencia de la promoción, y se utilizará el siguiente mecanismo de sorteo:

Todas las Colillas custodiadas en el Almacén de Custodia de Colillas se depositarán en un único contenedor de mayor tamaño de forma, material y tamaño a definir por la Organizadora.

Un funcionario administrativo de la Organizadora tomará del contenedor en forma manual, aleatoria y al azar la Colilla Favorecida y será revisada de acuerdo con lo expuesto en el punto 9.8, seguidamente verificará la autenticidad de la misma un funcionario de la empresa proveedora de las Acciones.

En caso de que el funcionario de la empresa proveedora de las Acciones determine que la Colilla no es auténtica o contiene alteraciones que hagan dudar de su autenticidad, dicha Colilla será descalificada y un funcionario administrativo de la Organizadora tomará una nueva Colilla del contenedor, la cual será considerada la nueva Favorecida del Premio, siempre y cuando, se verifique su autenticidad. Este procedimiento se repetirá hasta que se obtenga una Colilla válida.

Después de seleccionada la Colilla Favorecida, un funcionario administrativo de la Organizadora tomará del contenedor 9 (nueve) Colillas adicionales, que servirán como suplentes en caso de que a la persona poseedora del Tiquete cuya numeración coincida con el de la Colilla Favorecida no se presente a reclamar el Premio dentro del plazo que establece el presente Reglamento. La validez y autenticidad de cada una de las Colillas suplentes será revisada bajo el mismo procedimiento aplicado a la Colilla Favorecida.

Las Colillas suplentes ocuparán los puestos en orden de preferencia del uno a nueve, según el orden en que se tomaron del contenedor. De esta forma, el suplente número uno sería el siguiente favorecido en caso de que el Favorecido no reclame el Premio dentro del plazo y condiciones establecidos por el Reglamento de la promoción. El suplente número dos sería el siguiente favorecido si el suplente número uno no reclama el Premio dentro del plazo y condiciones establecidos por el Reglamento de la promoción, y así sucesivamente hasta el suplente número nueve.

Los números suplentes no se darán a conocer de previo, pero se consignarán en el acta notarial que levante el Notario Público al momento de efectuar el Sorteo. Se anunciarán en su orden si su utilización fuese necesaria.

El número de la Colilla Favorecida se publicará el día del sorteo en el Sitio Web de la Organizadora. Así mismo, se publicará posteriormente el número de la Colilla Favorecida en la estación de servicio mediante un cartel o manta para que todos los Clientes puedan verlo.

El plazo para que el poseedor del Tiquete, cuyo número coincida con el de la Colilla Favorecida reclame el Premio, inicia el día hábil siguiente a la fecha de la publicación que se realice en el Sitio Web.

El poseedor del Tiquete cuyo número coincida con el de la Colilla Favorecida tendrá 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del número de la Colilla Favorecida en el Sitio Web, para reclamar el Premio.

El Favorecido deberá presentarse en las oficinas de la Organizadora dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del número de la Colilla Favorecida en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Fuera de este horario, cualquier reclamo de Premio no será válido.

Todas las publicaciones que se realicen en el Sitio Web indicarán la fecha en que se realizan, con la finalidad de que los Participantes puedan computar los plazos que correspondan aplicables a la promoción. Asimismo, se levantará un acta ante un Notario Público del Bufete CCA Abogados en la que conste la fecha en que se realizó la publicación y su contenido.

Al participar en la promoción los Clientes tienen el deber y se obligan a ingresar diariamente al Sitio Web de la Organizadora a revisar las publicaciones que se realicen relacionadas con la promoción, como por ejemplo, el número de la Colilla Favorecida en el sorteo, por lo que son los únicos responsables de los efectos que deriven de omisión de revisar el sitio web diariamente (Por ejemplo, vencimiento del plazo para reclamar el Premio en caso de resultar Favorecidos), y por ende, liberan a la Organizadora de cualquier responsabilidad.

Se considerarán válidas y auténticas para esta promoción, únicamente las Colillas y Tiquetes que cumplan con las características especiales de seguridad, según criterio de la empresa emisora de las mismas. Las Colillas y/o Tiquetes consideradas por la empresa Proveedora de las Acciones como falsas o alteradas serán descalificadas. Así mismo, los Tiquetes deberán estar en perfecto estado de conservación de acuerdo con lo expuesto en el punto 9.8. En caso de no cumplir con lo dispuesto o existir cualquier duda a criterio de la Organizadora tanto la Colilla como el Tiquete serán descalificados y la Acción por lo tanto invalidada.

Definición del Premio:

Esta promoción sorteará entre todos los Participantes.

Primer Premio que consiste en un (1) vehículo totalmente nuevo, de agencia, 0 kilómetros, el cual será escogido entre: VOLKSWAGEN, modelo TIGUAN 1.4 TSI 4X2 TL+ DSG6, año 2020. u vehículo Marca VOLKSWAGEN, modelo AMAROK COMFORTLINE D/C TDI 4X4, año 2020. Todas las características específicas de cada uno de ellos las definirá la Organizadora

Las fotografías que aparecen en las Acciones y publicidad de la presente promoción es únicamente para fines ilustrativos. Asimismo, los vehículos que se exhiban en la Estación de Servicio Fill-n-Go haciendo referencia a la presente promoción, son solo para fines ilustrativos.

Mecánica para Reclamo del Premio:

Para reclamar el Premio la Organizadora otorgará a la persona poseedora del Tiquete, cuya numeración coincida con el de la Colilla Favorecida, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del número de la Colilla Favorecida en el Sitio Web de la Organizadora para presentar su reclamo.

La publicación que se realice del número de la Colilla Favorecida en el Sitio Web de la Organizadora indicará la fecha en que se realiza, con la finalidad de que la persona poseedora del Tiquete, cuya numeración coincida con el de la Colilla Favorecida, pueda computar el plazo para realizar el reclamo del Premio.

Al participar en la promoción los Participantes tienen el deber y se obligan a ingresar diariamente al Sitio Web de la Organizadora a revisar las publicaciones que se realicen relacionadas con la promoción, por ejemplo, el número de la Colilla Favorecida en el sorteo, por lo que son los únicos responsables en caso de que les venza el plazo para reclamar el Premio en caso de resultar Favorecidos, y por ende, liberan a la Organizadora de cualquier responsabilidad.

Para reclamar el Premio la persona poseedora del Tiquete cuya numeración coincida con el de la Colilla Favorecida debe presentarse personalmente, dentro del plazo establecido en el punto 9.1, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. (ocho antes meridiano) a 5:00 p.m. (cinco pasado meridiano), en la Oficina Administrativa de la Estación de Servicio Fill-n-Go, ubicada en Escazú, 300 metros Oeste de Laboratorios Raven, y presentar lo siguiente:

Un documento escrito mediante el cual reclame el Premio. Este documento debe incluir, al menos, la siguiente información:

Nombre y apellidos.

Número del documento de identificación válido y vigente reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

Número telefónico de contacto.

Dirección de correo electrónico.

Firma.

Fotocopia legible, por ambos lados, del Tiquete cuya numeración coincide con el de la Colilla Favorecida.

Fotocopia legible, por ambos lados, del documento de identificación válido y vigente reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

Fuera de este horario y en la forma especificada, cualquier reclamo de Premio no será válido.

En caso de que el reclamo del Premio cumpla con todos los requisitos solicitados en el punto 9.4, la Organizadora expedirá al reclamante una copia del documento de reclamo debidamente sellado y fechado como constancia de recibo en tiempo del reclamo.

La Organizadora al recibir un reclamo del Premio dentro del plazo establecido en el punto 9.1, en un plazo máximo de 6 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al recibido del reclamo del Premio, informará a la persona reclamante, por medio del correo electrónico indicado en la nota de reclamo del Premio, la fecha y hora en la que se debe presentar, en forma personal, en la Oficina Administrativa de la Estación de Servicio Fill-n-Go para realizar el proceso de verificación y de seguridad del Tiquete así como de sus documentos de identificación. Este día la persona reclamante del Premio debe llevar lo siguiente:

El Tiquete original que da origen al reclamo.

Original del documento de identificación válido y vigente reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

En esta cita, la persona reclamante debe declarar, por escrito, que acepta y conoce las condiciones del presente Reglamento.

La Organizadora podrá rechazar cualquier Tiquete de reclamo del Premio cuando se dude de su autenticidad. Las Acciones en sus dos partes componentes, no pueden mostrar rayones, cortes, roturas, desgastes, arrugas, reparaciones ni tintas superpuestas ni ningún signo que permita dudar de su autenticidad.

Las medidas de seguridad en el Tiquete que se presenta para el reclamo del Premio deben coincidir plenamente con el protocolo de verificación establecido por la Organizadora y la empresa proveedora de las Acciones.

A falta de una sola de las características de seguridad y/o conservación en el protocolo de verificación del Tiquete, el mismo carecerá de validez y quedará en custodia de la Organizadora quien se reserva el derecho de acudir al ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL para esclarecer y/o establecer los procesos judiciales-civiles y penales, que amparen las leyes de la República de Costa Rica sobre la persona que haya presuntamente en forma fraudulenta haya intentado usarlo para el reclamo del Premio.

Una vez verificado que (i) el Tiquete coincide en su numeración con el de la Colilla Favorecida, (ii) es auténtico y cumple con lo dispuesto en el punto 9.8, y (iii) el reclamante cumple con todos los requisitos del Reglamento de la promoción, se le declarará Ganador o Ganadora de la promoción, y se iniciarán todos los trámites para la entrega del vehículo. En este acto la Persona Ganadora debe entregar el Tiquete Ganador a la Organizadora. Como respaldo para el Ganador, la Organizadora emitirá en ese mismo acto un documento firmado por su represente legal donde se le reconoce y declara como Ganador y publicará, en un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha en que se le declare formalmente, su nombre en el Sitio Web de la Organizadora.

La Organizadora entregará el vehículo a la Persona Ganadora en un plazo máximo de 60 días naturales, contados a partir del día siguiente de la fecha en que fue realizada la publicación con el nombre del Ganador. La entrega del Premio al Ganador se realizará en las instalaciones de la Estación de Servicio Fill-n-Go en la hora y fecha que la Organizadora le informe al Ganador por medio del correo de electrónico indicado en el reclamo del Premio.

En caso de que el vehículo no pueda entregarse dentro del plazo establecido en el punto 9.12 debido a situaciones de caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles al Proveedor, la Organizadora o el propio Ganador, el Ganador y la Organizadora consienten desde ya en otorgar el plazo adicional necesario para realizar la entrega del Premio.

Los vehículos incluyen los gastos de inscripción, y se entregarán con los marchamos del año 2020 listos para circular, más NO se incluyen seguros, gastos de mantenimiento, combustible, ni ningún rubro adicional.

En el acto de entrega del Premio al Ganador firmará el acta de aceptación del Premio convirtiéndolo en el único responsable del mismo, de modo tal que la Organizadora queda liberada de cualquier responsabilidad sobre los vehículos, uso, y fines, que el Ganador le dé a los mismos, a partir de ese momento. Asimismo, en ese acto el Ganador debe firmar las respectivas escrituras de inscripción de los vehículos. Podrá el Ganador a su discreción, solicitar la inscripción a los nombres que indique a la Organizadora con 8 días hábiles de anticipación a la fecha en que se le cite para la entrega.

Los vehículos con que se premiarán en esta promoción tendrán las garantías que otorgue el Proveedor. El Ganador del Premio de la promoción acepta y reconoce que la Organizadora no es responsable por ningún tipo de desperfecto de los vehículos luego de su entrega, debido a que ella no brinda garantía sobre el bien. La responsabilidad de la Organizadora y la Estación de Servicio Fill-n-Go finalizará una vez que se entregue los vehículos a la Persona Ganadora de la promoción. Cualquier reclamo de garantía de los vehículos debe dirigirse al Proveedor directamente.

El Ganador será responsable del uso y el disfrute de los vehículos una vez que éstos entren en su posesión, momento definido por la firma de las respectivas escrituras de inscripción.

El Ganador de la promoción autoriza, acepta y consciente que la Organizadora le tome fotografías y/o grabe videos del momento de la entrega del vehículo con fines publicitarios. Asimismo, autoriza a la Organizadora para que publique su nombre, datos personales, e imágenes en medios de comunicación, sin necesidad de que deba pagarle compensación alguna, por lo que renuncia a sus derechos de imagen.

En caso de que el Ganador de la promoción se niegue a cumplir con lo estipulado en el punto 9.18, la Organizadora se reserva el derecho de no entregarle el Premio y convocar como Favorecido al suplente que por orden corresponda.

Una vez transcurrido el plazo para el reclamo del Premio sin que el Favorecido se haya manifestado, si se manifestó pero no se presentó en el momento acordado, si no logra acreditar que cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la promoción, si no acepta las condiciones del Reglamento de la promoción, si se niega a ser fotografiado o grabado para efectos publicitarios de la promoción, y/o se niega a firmar el documento de aceptación del Premio y/o escritura de inscripción, se entenderá que renuncia al Premio por lo que la Organizadora procederá a decretar como Favorecido al primer suplente, y publicará en el Sitio Web el número de la nueva Colilla Favorecida. En caso de que el primer suplente no llegue a declararse como Ganador del Premio de la promoción se seguirá el mismo procedimiento con el resto de los suplentes.

El procedimiento y plazos para el reclamo del Premio, en caso de Favorecidos suplentes, serán los mismos ya establecidos.

Si por alguna razón el Favorecido rechaza el Premio y/o no acepta las condiciones de este Reglamento, el Premio se considerará rechazado y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna. Esta circunstancia quedará registrada mediante un acta notarial.

El premio descrito en este Reglamento no es canjeable por dinero en efectivo.

En Caso de que NO Pueda Declararse un Ganador:

En caso de que, siguiendo lo estipulado en el presente Reglamento no sea posible entregar el Premio hasta el suplente número nueve, la Organizadora declarará desierto el sorteo y publicará dicha declaratoria en su Sitio Web.

Dado que la Organizadora aún mantiene custodiadas en su Almacén hasta ese momento todas las Colillas de la promoción, se procederá a realizar un nuevo sorteo entre las mismas.

El sorteo se realizará siguiendo las reglas establecidas en el presente Reglamento, y en la hora y fecha que establezca la Organizadora y publique en su Sitio Web.

La situación será publicada y explicada en el Sitio Web. Los detalles referentes al nuevo sorteo se darán a conocer a más tardar 5 días hábiles después de la fecha de declaratoria de desierto.

La mecánica para el reclamo del Premio establecido en el presente reglamento será la utilizada para reclamar el premio con motivo del nuevo sorteo.

Restricciones:

La presente promoción no aplica con otras promociones de la Estación de Servicio Fill-n-Go que existan o puedan existir durante el período de vigencia de la promoción.

En la publicidad y comunicaciones de la promoción se ha consignado la frase “aplican restricciones” en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y el Premio, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y limitaciones son las que se indican en este Reglamento.

La participación en la promoción es voluntaria. Por tanto, el solo acto de depositar Colillas en alguno de los Buzones se entenderá como la manifestación de voluntad y aceptación por parte del Cliente de todas las condiciones y restricciones de este Reglamento.

La Organizadora no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna por inconvenientes, discusiones o problemas que se presenten entre sujetos privados por la posesión y/o titularidad de Tiquetes. La Organizadora reconocerá como Ganador al portador del Tiquete cuya numeración coincida con el de la Colilla Favorecida en el momento de ser recibida para su validación.

Los Participantes son los responsables de mantener vigentes los documentos que lo acrediten como mayor de edad y residente legal de la República de Costa Rica. La Organizadora no asume ningún tipo de responsabilidad en caso de que no sea posible validar los datos o documentos presentados por los Participantes.

Si una persona por cualquier motivo devuelve el combustible, su participación será cancelada y por tanto la Organizadora solicitará la devolución de la Acción o Tiquete, en su defecto, anulará su numeración de modo que no pueda participar en el sorteo. En caso de haber sido ya depositadas las Colillas, los Tiquetes se mutilarán para asegurar que no se pueda reclamar el Premio en caso de salir Favorecida la respectiva Colilla.

El compromiso de la Organizadora es entregar el Premio de la promoción a quien entregue el Tiquete de la Acción cuya numeración coincida con el número de la Colilla Favorecida. El Ganador acepta el color y demás especificaciones del Premio que la Organizadora defina.

El Premio que la Organizadora ofrece en esta promoción es comprado a y respaldado por Grupo Nacional Automotriz S.A., empresa representante en Costa Rica de la marca VOLKSWAGEN, y los vehículos se adquieren en su calidad de nuevos y sin uso.

Al entregar el Premio bajo las condiciones aquí establecidas, la Organizadora queda liberada de cualquier responsabilidad conforme a este Reglamento y Promoción.

El Ganador de la promoción deberá firmar un acta de aceptación del Premio de la Promoción, aceptando todas las limitaciones, especificaciones y condiciones del mismo, lo que implica la obligación de conocer las condiciones de participación, así como las condiciones, limitaciones, especificaciones y responsabilidades, no solo de este Reglamento, sino las que en virtud de este mismo documento conlleva el reclamo y aceptación de un Premio. Al firmar el acta de recepción de Premio, el Ganador libera a la Organizadora de toda responsabilidad. En caso de que el Ganador se niegue a firmar el acta de aceptación de Premio perderá el derecho al Premio.

La marca de los vehículos, así como su imagen es propiedad de sus titulares; la Organizadora no reclama ningún derecho sobre las mismas, siendo que los representantes de la marca y Proveedores del vehículo las han provisto y han autorizado el uso para fines de la presente promoción.

La Organizadora no se hace responsable por gastos de transporte o de cualquier otra índole en que el Ganador deba incurrir para hacer efectivo su Premio. Los gastos para recibir el Premio, traslado, instalación y mantenimiento o cualquier modificación que el Ganador necesite para utilizar los vehículos, son de su entera responsabilidad.

El Premio cuenta con características, garantías y limitaciones propias. El fabricante por medio de su representante en Costa Rica dará la guía y atención al Ganador como uno de sus Clientes sin la mediación de la Organizadora sobre cualquier reclamo o consulta con respecto a los usos y/o garantías del Premio.

El Ganador será responsable del uso y disfrute de su Premio desde el momento en que entre en posesión del mismo. Se releva a la Organizadora de cualquier responsabilidad originada por un inconveniente o problema que pueda surgir por el uso del Premio, sea por el Ganador o cualquier tercero así como por cualquier daño y/o perjuicio que ocasione con el uso y disfrute del Premio. La responsabilidad de la Organizadora finaliza con la entrega del Premio al Ganador.

El Ganador del vehículo, a partir del momento en que lo reciba, deberá hacerse cargo del pago de todos los gastos que se deriven del mantenimiento y operación de los mismos.

La Organizadora se reserva el derecho de modificar el presente Reglamento para introducir las modificaciones necesarias para el desarrollo eficiente de la promoción en cualquier momento. Las modificaciones al presente Reglamento serán publicadas en el Sitio Web lo cual se tendrá por notificación a los participantes para todos los efectos.

La Organizadora se reserva el derecho de suspender la promoción de forma temporal o definitiva sin responsabilidad, cuando medien circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, desastre, guerra o calamidad, de igual manera si llegare a detectar irregularidades que pudieran poner en riesgo su imagen o puedan afectar sus intereses comerciales con la promoción. Esta circunstancia se comunicará públicamente en el Sitio Web indicando la fecha a partir de la que suspende o cesa la promoción.

En caso de que un Cliente requiera información adicional o consultar cualquier aspecto de la promoción puede llamar al teléfono 2540-2836 de la Estación de Servicio Fill-n-Go.

Cualquier situación que ocurra y que no se encuentre regulada en este Reglamento será resuelta por la Organizadora en estricto apego a la equidad y a las leyes de la República de Costa Rica y de la forma que, a discreción de la Organizadora, menos lesione los intereses de las partes involucradas, incluyendo a la misma Organizadora.

En caso de que la Organizadora logre comprobar que una persona recibió una Acción por medio de engaño o fraude, podrá cancelar la Acción, según juzgue conveniente y tomar las acciones legales del caso.

Al participar en la promoción los Participantes tienen el deber y se obligan a ingresar diariamente al Sitio Web de la Organizadora a revisar las publicaciones que se realicen relacionadas con la promoción, como por ejemplo, el número de la Colilla Favorecida en el sorteo, por lo que son los únicos responsables de los efectos que deriven de omisión de revisar el Sitio Web diariamente, (Por ejemplo, vencimiento del plazo para reclamar el Premio en caso de resultar Favorecidos), y por ende, liberan a la Organizadora de cualquier responsabilidad.

Una vez entregado el premio al Ganador, las Colillas almacenadas y las Acciones no utilizadas serán destruidas por la Organizadora dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de entrega del premio

Modificaciones y Notificaciones de Hechos Relevantes:

Las condiciones descritas de la promoción y reglamentadas mediante el presente Reglamento podrán ser modificadas mediante el anuncio en el Sitio Web en cualquier momento durante la vigencia de la promoción.

El anuncio de cualquier modificación al Reglamento se hará mediante Adendas con numeración consecutiva y se listarán en forma separada para su fácil ubicación y lectura.

De la misma manera, las notificaciones de hechos relevantes se realizarán mediante notificaciones numeradas en forma consecutiva en un apartado designado para las mismas en el mismo Sitio Web.

Addendum al reglamento

Los cupones a partir del 500.000 serán emitidos de manera electrónica por medio de la aplicación propiedad de Fill & Go y desarrollada por Lealto. Los tiquetes digitales serán emitidos de manera consecutiva en forma automática por la aplicación, siguiendo la misma numeración de los tiquetes físicos, ello a partir del tiquete número 500.000. El día del sorteo, se agregarán y mezclaran con todos los demás cupones físicos, ello en presencia de un notario público que certifique que efectivamente se depositaron los cupones físicos con la misma numeración de los cupones electrónicos. Al momento de elegir ganadores, se seleccionará físicamente indiferentemente de si su origen es físico o electrónico y se validará la propiedad del mismo según el número correspondiente.